4.3.14

Poder Judicial de Costa Rica, ampara a Usurpador de Signo Distintivo de Marca ®™

"Sí, al respeto a la dignidad
y al derecho de las personas"
San Juan Pablo II.   


"Si el propio Gobierno de Costa Rica VIOLA LOS DERECHOS DE MARCA ® A UN CIUDADANO COSTARRICENSE; con mucha más razón no va a proteger a un extranjero, al ser Usurpados sus Derechos de Propiedad Intelectual".


Señor Empresario:

Si Usted ha realizado con mucho sacrificio, esfuerzo moral y económico; el trabajo para inscribir y legalizar una Marca de comercio; de propaganda o publicidad; de Servicio; u otra; en el Registro Nacional de la Propiedad Industrial de Costa Rica; con el objetivo de dar a conocer, destacar y distinguir a su Empresa en el entorno comercial, con un Signo Distintivo de su Marca; elemento que fue sujeto a estudio por parte de la Dirección del Registro de la Propiedad Industrial; publicado el edicto correspondiente en el Diario Oficial La Gaceta; finalmente previo plazo; fue debidamente aceptado e inscrito por el citado Registro Nacional; como propiedad del solicitante, hoy Titular de la Marca.

Signo Distintivo o elemento de la Marca Registrada, el cual no es de uso común en el mercado de los hombres en el territorio nacional; y por ser el mismo, un Signo innovador o un elemento sustantivo, único e inconfundible personalizado de la Marca Registrada, hace la diferencia.

Diferencia que llama la atención como herramienta estratégica publicitaria o de mercadotecnia, que destaca por sí misma; convirtiéndose en el atractivo comercial que permite con eficacia y seguridad vender sus productos o servicios a sus clientes.

El beneficio obtenido entre la oferta y la demanda por su Empresa, con el uso y explotación del Signo Distintivo de su Marca Registrada; le permitirá avanzar y cumplir con sus metas planificadas; metas lógicas y naturales, que forman parte intrínseca en el giro cotidiano, en el campo competitivo o empresarial.

Con todo lo anteriormente comentado, ha cumplido el Empresario para lanzar su propia Marca ® a competir y darse a conocer en el mercado.

"MastiCard"
Signo Distintivo Marca ®
Usurpado








“La mayor necesidad del mundo es la de hombres, que no se vendan ni se compren; hombres que se mantengan de parte de la Justicia, aunque se desplomen los cielos” Braulio Pérez Mancio.

Es aquí, donde aparece una amenaza no prevista por Usted, y que puede llevar todo su esfuerzo personal, familiar y de su Empresa; a una angustiosa y agobiante situación onerosa, en tiempo y dinero.

El Signo Distintivo de su Marca ®, Derechos de Autor, o Patentes de Invensión, debidamente inscritos en el Registro Nacional de la Propiedad Industrial; Propiedad Intelectual; pueden ser Usurpados en Costa Rica, en cualquier momento, por cualquier persona física o jurídica; y ni el Registro Nacional de la Propiedad Industrial – Marcas Registradas – Propiedad Intelectual; ni mucho menos los Jueces y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del poder Judicial de Costa Rica; van a mover un dedo para castigar al Usurpador por el daño causado al Titular de la Marca Registrada.

Con ésta acción los Tribunales de Justicia de Costa Rica, de no proteger y defender al Titular de Marcas Registradas con el mismo, literal y fonéticamente idéntico Signo Distintivo; legalmente otorgadas por el Gobierno de Costa Rica a un ciudadano costarricense; explícitamente viola, el Gobierno de Costa Rica; los Tratados internacionales suscritos en materia de Propiedad Intelectual.

Usurpar la Propiedad Intelectual es un delito contemplado en la legislación de esta materia de los países miembros de los Tratados comerciales, en los que Costa Rica también participa como miembro; y esperan entre ellos, en un marco recíproco de confianza y honestidad, que Costa Rica cumpla; en reconocer la dignidad, el trabajo honrado, honesto y legal de los Titulares de Marca Registradas, tanto nacionales como extranjeros; quienes de buena fe y probidad; amparados a susodichos Tratados, han invertido sus recursos económicos, para que sus Marcas Registradas  que representan sus Empresas, e identifican sus productos; sean debida y obligatoriamente respetadas.

Destaca entre estos Tratados suscritos por Costa Rica, y vital para su desarrollo; el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América; quien exigió a Costa Rica, la creación y aprobación por parte de la Asamblea Legislativa, de una legislación de Propiedad Intelectual; confiable, segura, de protección garantizada, y de respeto; para todos los empresarios involucrados con sus Marcas Registradas y productos, en las negociaciones de dicho Tratado.

Cito “Agradecimientos":

“Un particular agradecimiento a la Embajada de los Estados Unidos de América, que colaboró de muchas formas en el desarrollo de esta obra y comparte con la Escuela Judicial, la visión de una Justicia eficaz en las tutelas  de la Propiedad Intelectual y celosa en el respeto de las garantías procesales.”

Sesuda y ampliamente expuesto el tema de Propiedad Intelectual (incluye “Agradecimiento” antes citado) en la publicación:

“Manual para Administradoras y Administradores de Justicia sobre Delitos de Propiedad Intelectual”

de la Escuela Judicial “Lic. Edgar Cervantes Villalta” del poder Judicial, República de Costa Rica. Año 2010.
http://sitios.poder-judicial.go.cr/escuelajudicial/archivos%20actuales/documents/manualPropInt/ManualPropiedadIntectual.pdf

Al ser violentados los Derechos Humanos, y legales, del Titular de Marca Registrada, al no ser amparado por las autoridades de Justicia de Costa Rica; crean éstas, un clima de temor, inseguridad y desconfianza, entre los empresarios con Signos Distintivos en sus Marcas Registradas; y en proceso de registro en el Registro Nacional de la Propiedad Industrial de Costa Rica.

Ante tal angustiosa situación del Titular de Marca Registrada; queda totalmente reprimido, desprotegido e indefenso; con el consiguiente daño moral y económico irreparable causado por el Usurpador; quien lucró  en muchos puntos de venta con el Signo Distintivo “MastiCard”; propiedad legítima del Titular, el cual ideó, creó, desarrolló, legalizó,… y defiende; el Signo Distintivo “MastiCard” de sus Marcas Registradas:

“MastiCard, food service – delight of eat”,  Marca de Servicio inscrita en el año 2009. Y,

“Soda Ticolor, MastiCard, el placer de comer”,  Marca de Propaganda o Publicidad inscrita en el año 2003.
http://www.propiedadintelectualencostarica.blogspot.com

http://www.twitter.com/masticardip



Tribunal Superior de Cartago
Anula rechazo de Juez 
del Signo Distintivo: "Chifrijo"




El Derecho de Autor y las Marcas®
son Propiedad Intelectual
http://noticiasdepropiedadintelectual.blogspot.com/2014/12/propiedad-intelectual-derecho-de-autor.html





“Con Costa Rica no se juega”

Luis Guillermo Solís Rivera
Presidente de Costa Rica

Costa Rica se respeta. El trabajo y la dignidad intelectual de las personas se respetan. ¡Qué fácil es llegar y apropiarse indebidamente de la propiedad ajena; violando el Mandamiento: “No Robar”!

Dios nuestro Padre Celestial, creo a la mujer y al hombre con la capacidad de libre albedrío de crear, razonar, y discernir entre el bien y el mal. Para que cumpliendo con sus Mandamientos, pueda alcanzar el más alto de los Propósitos y Resultados; con Emoción, Intelecto, y Voluntad; en una relación de Sujeto y Objeto, con la acción de Dar y Recibir; y con la responsabilidad de recuperar el Ideal de Dios.

http://www.concostaricanosejuega.blogspot.com


Otros Casos de Violación de
Propiedad Intelectual

iFone - iPhone
México (fonético)

http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2014/gana-mexicana-ifone-batalla-legal-a-iphone-1015398.html


Repuve
México (Literal)

http://alhenabogados.blogspot.mx/2014/09/repuve-el-litigio-por-una-marca.html?m=1


"Go to give it up" 
de Marvin Gaye
EEUU (Plagio musical)


Condenan por plagio en éxito discográfico 'Blurred Lines' a Robin Thicke y Pharrell Williams
http://www.ameliarueda.com/nota/robin-thicke-y-pharrell-williams-condena-plagio-blurred-lines-marvin-gaye


"La Loca" de Shakira
EEUU (plagio musical)

http://www.larazon.es/detalle_movil/noticias/7175810/cultura+musica/un-juez-de-nueva-york-confirma-que-la-cancion-loca-de-shakira-es-un-plagio#.U_VJU-W3VAi


Ocho casos en los que se hace respetar  la Propiedad Intelectual
BBC Mundo
Célebres de plagio musical



Cristiano Ronaldo CR7
EEUU (literal: CR7)

http://www.24horas.cl/deportes/futbol-internacional/cr7-demanda-a-cristiano-ronaldo-por-el-uso-de-su-marca-1355294


Casos en Colombia y Ecuador
La 'McPelea' multimillonaria

Litigio entre McDonald’s, Mac Pollo, McCormick y Productos MAC
http://www.elespectador.com/noticias/judicial/mcpelea-multimillonaria-articulo-511339






LEGISLACION

De Procedimientos de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual
http://ministeriopublico.poder-judicial.go.cr/coop-intern/Normativa%20Nacional/10-Propiedad%20Intelectual/01.pdf



Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos



Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
http://ministeriopublico.poder-judicial.go.cr/coop-intern/Normativa%20Nacional/06-Defensa%20Civil/10.pdf



ADPIC: ACUERDO SOBRE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDADINTELECTUAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO
http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/27-trips.pdf



Costa Rica: Leyes y Tratados de la de la Propiedad Intelectual – WIPO
http://www.wipo.int/wipolex/es/profile.jsp?code=CR



Constitución Política de la de Costa Rica
http://pdba.georgetown.edu/Parties/CostaRica/Leyes/constitucion.pdf



Declaración Universal de los Derechos Humanos
http://www.asamblea.go.cr/Diputadas_Diputados/diputada_rita_chaves/documentos_relevantes/COMPENDIO%20DE%20NORMATIVAS%20de%20DISCAPACIDAD.pdf



ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL
http://www.wipo.int/wipolex/es/profile.jsp?code=WIPO



ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/whatis_s.htm